Estrenamos una nueva sección en nuestro blog sobre Herencias y lo hacemos, dando algunos consejos para afrontar las inevitables consecuencias de un fallecimiento.

Herencias y su planificación📖

Lo primero que tienes que tener en cuenta es que el patrimonio que heredas o el que dejas como herencia, es el reflejo del trabajo de toda una vida. Por ello, cómo beneficiarios o como causantes de una herencia, la planificación será nuestra mejor aliada.

Especialmente, nos ayudará a ahorrar costes y lograr un reparto rápido y exitoso. 

De hecho, en muchas ocasiones la planificación de la herencia evitará que las relaciones familiares y personales se rompan por disputas sobre el reparto del patrimonio. Y en otros casos, evitará que todo el trabajo de una vida caiga en manos del Estado por la imposibilidad de hacer frente al pago de impuestos.

Aspectos a tener en cuenta en la planificación de herencias📙

Partiremos del supuesto más habitual, una herencia en la que concurren hijos o descendientes y el cónyuge viudo.

1.- La liquidación de gananciales y los bienes donados

Si el testador o fallecido está casado en régimen de gananciales tendrá que tener presente que lo primero que se llevará a cabo es la liquidación de gananciales. Tendrá que determinarse qué bienes son del cónyuge viudo. El resto, pasará a formar parte de la herencia. Este trámite se puede hacer en la misma escritura de herencia.

Además, se tendrán en cuenta las donaciones hechas en vida del fallecido. El motivo es proteger los derechos de los herederos forzosos. Por ejemplo, si un padre ha donado a su hijo un bien o una cantidad de dinero, se descontará de su parte de legítima.

2.- El pago de impuestos en herencias

En cualquier herencia, no podemos perder de vista la perspectiva fiscal y financiera. Muchas herencias caen en manos del Estado por la imposibilidad de hacer frente al pago de impuestos. El más inmediato será el impuesto de sucesiones, que deberá abonarse dentro de los seis primeros meses desde el fallecimiento. Aunque es posible solicitar una prórroga de otros seis meses, no debes confiarte. Además, se trata de un impuesto que regulan las Comunidades Autónomas y dependerá de la regulación que esté vigente en el momento y el lugar de residencia del fallecido. Más adelante, haremos una publicación sobre cómo determinar el lugar de residencia del fallecido y los problemas qué se plantean.

Actualmente en Andalucía, nuestra comunidad autónoma, es una de las comunidades autónomas en las que se ha extinguido prácticamente este impuesto a los parientes directos. Aunque con algunos requisitos como, por ejemplo, que la herencia no supere el 1.000.000 de euros.

La liquidez de los herederos.

El pago de impuestos es un requisito indispensable para acceder a la herencia. Por esta razón, es muy importante dejar liquidez a los herederos y no de cualquier forma. Si el dinero se deja en cuenta corriente no sirve de nada porque las cuentas bancarias se bloquean tras el fallecimiento. Por esta razón, habrá que pensar en otras alternativas financieras.

3.- El testamento

Si no hay testamento, serán la ley y el Estado quienes decidan quién hereda y qué bienes hereda. De hecho, existen algunos herederos forzosos como los hijos, los ascendientes (padres y nietos) y el cónyuge viudo, que siempre tienen derecho a heredar a excepción de algunos supuestos recogidos en la ley. Al no haber testamento, será necesario hacer una declaración de herederos ante Notario.

¿Qué ventajas tiene hacer testamento?

Es un trámite sencillo y asequible si se hace ante Notario. Asegura que se cumple la voluntad del testador. Además, podrá disponer de parte de sus bienes y evitar confrontaciones completando el testamento con cláusulas y condiciones. Por ejemplo, podrá designar un albacea o persona encargada de que se cumpla su voluntad, que custodie los bienes y los entregue. O bien, un contador partidor que realice el reparto de la herencia.

Otra ventaja, es que no hay que incluir una lista de todos los bienes en el testamento. Por tanto, no será necesario modificarlo si se compra o vende algún bien.

¿En qué partes se divide las herencias?

El supuesto más habitual, es una herencia en la que concurren hijos o descendientes y el cónyuge viudo. En este caso, tenemos que tener en cuenta las siguientes partes:

TERCIO DE LEGÍTIMATERCIO DE MEJORATERCIO DE LIBRE DISPOSICIÓN
Corresponde a los hijos y descendientes a partes iguales    Corresponde a los hijos, pero no tiene que ser en partes iguales.   El cónyuge viudo disfrutará del usufructo de esta partePodrá disponerse de él libremente

4) La figura del contador-partidor

Es una de las mejores prevenciones y soluciones, en aquellas herencias en las que no hay acuerdo.

El contador-partidor puede ser nombrado por el testador, o bien por solicitud de los herederos que representen al menos el 50% del haber hereditario. La posibilidad de solicitar un contador-partidor (dativo) por los herederos, es una novedad introducida por la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria.

¿Cuál es su función?

Evitar que el reparto de la herencia se eternice en los juzgados. El contador-partidor será el encargado de realizar las operaciones particionales de la herencia: el inventario, el avalúo, la liquidación y la división del caudal hereditario. Su trabajo quedará plasmado en un cuaderno particional, un documento que identifica al fallecido, a los herederos, a los bienes y las deudas de la herencia, el avalúo y los lotes de cada heredero. Esta tarea no es sencilla, por ello el contador-partidor debe ser un profesional o abogado con conocimientos en varias ramas del derecho civil y de derecho financiero.

5) Asesoramiento personalizado

Por último, tenemos que superar los prejuicios que socialmente existen sobre las actuaciones o conversaciones de herencias. La previsión, la información y la planificación, son los mejores instrumentos para defender el trabajo de toda una vida. Antes de tomar cualquier decisión es muy importante acudir a especialistas en herencias que te ayuden a elaborar la mejor planificación o gestión de la herencia.

Si quieres visitar más artículos visita nuestro Blog

Pide tu primera consulta gratis y cuéntanos tu caso en Abogados MY. Te acompañaremos en todo el proceso con todo un equipo de profesionales de la abogacía, déjalo todo en nuestras manos.

Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU
error: Content is protected !!