Se consideran gastos derivados de un accidente de tráfico aquel que no hubieran surgido si no hubiera mediado el siniestro y de los que tenemos derecho a reembolso. Entre ellos podemos destacar: gastos de material de osteosíntesis (corsés, collarines, rodilleras ortopédicas, muletas…), gastos farmacéuticos, por desplazamientos, de fisioterapia, etc. Importante guardar todos los resguardos para aportárselas a su abogado especialista.